Las empresas del sector salud deberán facturar electrónicamente antes de finalizar el primer semestre de 2020

Antes del 3 de febrero, estas empresas deben hacer el Registro y Habilitación ante la DIAN

Las empresas prestadoras de servicios de salud en Colombia, estarán obligadas a facturar electrónicamente el cobro de los servicios y tecnologías en salud a partir del mes de febrero de 2020, de acuerdo con el Calendario de Obligatoriedad por sector económico de la DIAN. Estas empresas deben hacer el Registro y Habilitación ante la DIAN como máximo antes del 3 de febrero 2020 y, una vez registradas, tendrán como máximo hasta julio de 2020 un plazo para prepararse y empezar a expedir factura electrónica de venta.

Por el momento y de cara a este cambio, se ha publicado el proyecto de Resolución adelantado por el Ministerio de Salud y Protección Social que modifica  las Resolución 3047 de 2008, la  416 de 2009 y la 4331 de 2012, para cambiar los soportes de facturación de los servicios de salud.

El nuevo modelo y método de facturación supone la transformación en los procesos internos de las compañías, de manera que, sin omitir la actual normativa que rige el sector Salud deben adaptarse para el cumpliendo de los requerimientos exigidos por la DIAN.

Para evitar problemas y prisas de última hora, SERES, pionero y especialista en soluciones de intercambio electrónico seguro de documentos,  recomienda a estas empresas que acudan a un proveedor tecnológico de factura electrónica que conozca este tipo de casuística, que tenga su servicio adaptado a las necesidades del sector salud y que pueda brindar el acompañamiento y asesoría necesarios para implementar este tipo de tecnologías de manera exitosa.

“SERES ya cuenta con esta adaptación en su plataforma de factura electrónica, que ya está en funcionamiento en varios de nuestros clientes de Colombia”, afirma Alberto Redondo, director de Marketing de SERES para Iberia y LATAM.